Subsidio por deuda de servicios básicos: ¿Quiénes pueden optar al beneficio?
El pasado 31 de enero venció el subsidio de servicios básicos que permitía postergar las deudas de todas las boletas vencidas desde marzo del 2020.
Este beneficio fue promulgado por los efectos de la pandemia en el país. No obstante, desde el 1 de febrero entró en vigencia una nueva ley que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos.
La ley permite que las deudas generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, podrán ser postergadas en 48 cuotas automáticamente, pero ese monto extra no puede ser más de un 15% de lo que paga la familia en promedio.
¿Quiénes son beneficiarios del subsidio de servicios básicos?
El texto de la norma explica que los beneficiarios son los siguientes:
- Agua: Las familias que no superen un consumo mensual de 15 metros cúbicos, equivalente a una cuenta de $20.000 en promedio con IVA incluido.
- Electricidad: Las familias que no superen un consumo mensual de 250 kw/h, equivalente a una cuenta de $38.000 en promedio con IVA incluido.
Es importante destacar que el Estado subsidiará una parte de las cuentas acumuladas por los clientes y las empresas asumirán la condonación del resto.
El beneficio debe ser solicitado en la compañía correspondiente y estar en el 80% vulnerable del Registro Social de Hogares.
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