Aporte para las mujeres embarazadas

Subsidio Maternal: consulta si puedes acceder al pago del beneficio

Por: Paula Muñoz
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El Subsidio Maternal es un beneficio para mujeres embarazadas, ya sean trabajadoras dependientes o independientes para entregarles un aporte monetario que se paga en reemplazo del salario de la trabajadora.

Uno de los principales requisitos es pertenecer al 60% más vulnerables del país según el Registro Social de Hogares (RSH). Además, el pago del beneficio comienza desde el quinto mes de embarazo. 

Subsidio Maternal
Subsidio Maternal

¿Quiénes pueden acceder al Subsidio Maternal? 

A este beneficio pueden acceder las mujeres que cuenten con alguna de las siguientes licencias médicas:

- Prenatal y prenatal suplementario.

- Postnatal y postnatal prolongado.

- Postnatal parental.

- Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.

¿Cuáles son los requisitos?

El beneficio va dirigido a:

  • Trabajadoras dependientes, del sector privado o público, que tengan:
    • Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
    • Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica. 
    • Contrato de trabajo vigente.

Importante: las trabajadoras dependientes del sector público tienen derecho a todos los descansos y permisos. Durante este período tienen derecho a la mantención del sueldo, no al subsidio, siempre y cuando se mantenga vigente la relación laboral.

 

  • Trabajadoras dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, que tengan:
    • Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
    • 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica. 
    • Contrato de trabajo vigente.

 

  • Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:
    • 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
    • Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.
    • Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.

Subsidio Maternal
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  • Las trabajadoras independientes voluntarias deben acreditar que desarrollan actividades que les generan ingresos y que estas se encuentran vigentes, presentando su último pago de IVA, boletas de honorarios, patente comercial u otro documento.
  • Si desarrollan actividades exentas de impuestos (que no tienen obligaciones tributarias) deben acreditarlas presentado dos declaraciones juradas de personas a las que le hayan prestado servicios.

 

  • Trabajadoras independientes obligadas a cotizar: deben acreditar esta calidad presentando el comprobante de pago de sus cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Quedan exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta, o sea, hasta el 30 de junio del año siguiente.

Subsidio Maternal
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Postulación y montos

Para postular debe contar con su licencia médica. En primera instancia, la Compin o Isapre resuelven el derecho al descanso maternal y en caso de que la licencia sea autorizada, se determina si corresponde el derecho al Subsidio Maternal, monto de dinero que se paga en reemplazo de la remuneración.

Respecto a los montos, este subsidio se pagará por día desde el primer día de la licencia médica si ésta es superior a 10 días; o desde el cuarto día si la licencia es igual o inferior a 10 días.

 

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