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¿Cuándo se entrega?

Préstamo Solidario: Aún puedes recibir el pago de agosto

Por: Francisca Oliva
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El Préstamo Solidario está dirigido a aquellas familias que han sufrido una reducción de ingresos a causa de la pandemia del Covid-19. 

A raíz de la pandemia por Coronavirus en Chile, el Estado ha creado algunos beneficios monetarios para aquellas personas de la clase media que han sufrido bajas en sus ingresos económicos. 

El Préstamo Solidario, al que pueden acceder personas naturales y empresarios individuales, tiene una tasa de interés real del 0% y debe solicitarse en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos. 

Aún puede obtener el Préstamo Solidario
Aún puede obtener el Préstamo Solidario

Este beneficio, que puede ser de hasta $650.000 dependiendo de la situación socioeconómica de la persona, comenzó con sus postulaciones para agosto el día ocho del mes, proceso que finalizará el martes 31, por lo que aún está a tiempo de solicitar la ayuda financiera.

Préstamo Solidario: ¿Cómo postular?

Es importante recalcar que si no recibió Bono Clase Media, es posible acceder hasta tres veces a este beneficio, pero en el caso contrario, solo dos.

Si aún está a tiempo y desea postular al Préstamo Solidario, debe ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) sin necesidad de mostrar ningún documento.

Aún alcanzas a recibir el Préstamo Solidario
Aún alcanzas a recibir el Préstamo Solidario

Una vez ahí, debe pulsar en solicitar, para luego requerir su Clave Única o la Clave Tributaria del SII. Respecto al pago, el dinero se entrega a través de la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles desde que se realizó la solicitud. Puede elegir una transferencia bancaria a una cuenta personal o bien mediante una caja de Banco Estado.

Los requisitos

Para obtener el Préstamo Solidario debe cumplir con los siguientes requisitos:

-Que su Ingreso Promedio Mensual del 2019 sea mayor o igual a $298.833, sin tope máximo.

-Tener una disminución de al menos un 10% de los ingresos promedio del segundo semestre de 2020 y el mismo periodo del 2019, considerando como fuentes de ingreso el empleo dependiente, boletas de honorarios e ingresos de empresas individuales.

-Que a la fecha de la publicación de la ley, el solicitante no tenga montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o Préstamo Solidario 2020.

-Pensionados por vejez o invalidez de rentas vitalicias que ganen un monto igual o inferior a $408.125.

 

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