Bono Pyme: conoce quiénes pueden solicitar el Anticipo Solidario
El bono pyme o bono de alivio para pymes está destinado a micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la pandemia y que recibirán un aporte de $1 millón.
Esta ayuda se complementa con el bono adicional variable que consiste en un monto que puede alcanzar los $2 millones, siempre que la pyme cumpla con ciertos requisitos.
Por otra parte, este beneficio consta con un Anticipo Solidario que puede ser solicitado en el Servicio de Impuestos Internos (SII) por ciertas empresas que cumplan los requisitos.
¿Qué es el Bono Pyme del Anticipo Solidario?
El Anticipo Solidario consta de un monto que se consolida dentro de la Ley de Protección del Empleo, que hayan declarado y no pagado cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores suspendidos.
Este dinero podrá ser solicitado por todos los contribuyentes para financiar toda la deuda a causa de las cotizaciones declaradas y no pagadas a trabajadores con suspensión laboral.
El anticipo tendrá 12 meses de gracia y deberá devolverse en cinco cuotas anuales y sucesivas, que no excederán del 10% de la base imponible de las empresas, con tasa de interés cero.
¿Cuáles son los requisitos para el Anticipo Solidario?
Este monto puede ser solicitado por empresas, sean personas naturales o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
- Tener ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en el año 2020.
- Cumplir una de las siguientes condiciones: tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 o 2021; o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
- Haber tenido contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021, de acuerdo a lo establecido en el art. 505 bis del Código del Trabajo.
- Haber tenido, al menos, un trabajador suspendido entre la entrada en vigencia de la Ley de Protección del Empleo, el 6 de abril de 2020, y el 31 de marzo de 2021.
- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- No desempeñar actividades financieras o de seguros.
- Empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.
Este bono pyme podrá ser solicitado desde el 17 de julio hasta el 17 de septiembre de 2021, a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) accediendo con RUT y clave de empresa (Única o Tributaria)
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