Aportes estatales

Bono Invierno 2024: cuánto es el monto y quiénes son los beneficiarios

Ancianos - Créditos: Agencia Uno
Ancianos - Créditos: Agencia Uno
Por: David Muñoz
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Te relatamos acerca de cuál es el monto que se espera para este año en el Bono Invierno, además de cuáles son las personas que lo recibirán, en conjunto con su pensión, así como la fecha de pago.

Dentro de los aportes que otorga el Estado se encuentra el Bono Invierno, el cual se entrega anualmente durante mayo, en conjunto con la pensión que corresponda a las personas beneficiadas, las que deben tener 65 años o más.

Ante esto, te contamos acerca de cuánto será el monto para el aporte de este año, además de que te recordamos que no se trata de un beneficio postulable, al igual de que tampoco es imponible o bien que esté sujeto a descuentos.

¿Cuánto será el monto del Bono Invierno 2024?

En ese sentido, el pago durante este año del Bono Invierno será de $77.982, lo que representa un aumento en comparación a 2023, en donde se alcanzó los $74.767.

¿Quiénes son los beneficiarios del Bono Invierno 2024?

Tal como adelantamos, son personas que deben tener 65 años o más, pero eso sí, tienen que cumplir con una serie de requisitos, que pasamos a contar:

Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:

-Instituto de Previsión Social.

-Instituto de Seguridad Laboral.

-Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).

-Mutualidades de Empleadores.

-Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.

-Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

-Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.

-Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

No son personas beneficiarias del Bono de Invierno:

-Los pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).

-Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).

-Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

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