Bono al Trabajo de la Mujer: Conoce las fechas pagos del 2025
El Sence dio a conocer el calendario del 2025 para este beneficio conocido tambien como Bono Mujer Trabajadora.
El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) conocido también como "Bono Mujer Trabajadora", es uno de los beneficios a los que pueden acceder las empleadas, y que se entrega de forma mensual o anual.
Este aporte monetario puede llegar hasta $42.377 al mes, el que ayuda a complementar los ingresos de las mujeres.
El bono entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) es mediante postulación y la entidad dio las fechas de los pagos.
Fechas de pago del Bono al Trabajo de la Mujer 2025
La fecha de pago del bono, de acuerdo al Sence, son:
- Enero: viernes 31 (renta de octubre de 2024).
- Febrero: viernes 28 (renta de noviembre de 2024).
- Marzo: lunes 31 (renta de diciembre de 2024).
- Abril: miércoles 30 (renta de enero de 2025).
- Mayo: viernes 30 (renta de febrero de 2025).
- Junio: lunes 30 (renta de marzo de 2025).
- Julio: jueves 31 (renta de abril de 2025).
- Agosto: viernes 29 (renta de mayo de 2025).
- Septiembre: martes 30 (renta de junio de 2025).
- Octubre: jueves 30 (renta de julio de 2025).
- Noviembre: viernes 28 (renta de agosto de 2025).
- Diciembre: miércoles 31 (renta de septiembre de 2025).
Respecto al pago anual, se hará efectivo durante agosto de 2025.
¿Cómo postular al Bono al Trabajo de la Mujer?
Para postular al Bono al Trabajo de la Mujer, se debe rellenar un formulario que se encuentra en el sitio web del Sence.
Para acceder al Bono Mujer Trabajadora se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años con 11 meses.
- Trabajar de forma dependiente o independiente.
- Estar dentro del 40% de familias de menores ingresos de la población, según el Registro Social de Hogares.
- En caso de escoger el pago anual, se debe percibir una renta bruta anual inferior a $7.627.812.
- Para escoger los pagos mensuales, se debe percibir una renta brutal mensual inferior a $635.651.
- Tener cotizaciones al día.
- No estar trabajando en una Institución del Estado o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- En caso de ser trabajadora independiente, se deben emitir boletas de honorarios y realizar la respectiva Declaración de Renta del SII.