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Revisa cuándo se entrega el beneficio

Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Cuáles son las fechas de pago para los pensionados?

Aguinaldo de Fiestas Patrias
Aguinaldo de Fiestas Patrias
Por: Andrés Barra
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Durante este mes los pensionados recibirán un dinero extra con el aguinaldo dieciochero. Revisa cuándo se entrega y quiénes lo reciben.

Inició septiembre, mes donde los pensionados serán parte del grupo objetivo que recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias, celebración que tendrá cinco días para festejar. Por este motivo, muchos aumentarán sus gastos, siendo este beneficio una ayuda para sus bolsillos.

El aporte económico es una ayuda directa al bolsillo de las personas, algo esencial para este mes, donde muchas familias viajan a disfrutar el 18 de septiembre en otras ciudades, o visitan fondas u otras actividades recreativas.

Fecha de pago del aguinaldo dieciochero para pensionados

De acuerdo a lo señalado por el Gobierno, el pago del aguinaldo para los pensionados se entregará en conjunto con la pensión de septiembre que recibe cada persona. El monto para estas Fiestas Patrias será de $24.261.

Además, por cada carga familiar que tenga el pensionado se le suma un valor extra que corresponde a $12.446, el cual debe estar acreditado hasta el 31 de agosto de 2024. Esta será válida aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar, por tener un ingreso mensual sobre $1.228.614.

El dinero del aguinaldo no tiene descuentos, y tampoco se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

Aguinaldo  de Fiestas Patrias
Aguinaldo de Fiestas Patrias

Qué pensionados reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias 2024

Los pensionados que reciben el aguinaldo dieciochero son las persona que al 31 de agosto de 2024 tengan algunas de estas cualidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

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