¿Cumplieron 50 años de matrimonio? Conozca cómo cobrar el Bono Bodas de Oro
El monto del aporte aumentó en octubre del 2023 a $425.360, dividido en partes iguales para ambos cónyuges.
El Bono Bodas de Oro es un beneficio económico para parejas que acrediten 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Cabe destacar que en octubre del 2023 el monto del aporte aumentó, por lo que ahora se entrega $425.360, pero dividido en partes iguales a ambos cónyuges. Es decir, cada uno recibe $212.680.
Este beneficio, que se paga por única vez al cumplir los 50 años de matrimonio, entre otros requisitos, se reajusta una vez al año de acuerdo con la variación que experimenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Hasta octubre del año pasado, el Bono Bodas de Oro ya había llegado a más de 33 mil personas durante solo el 2023. De ellas, 16.480 corresponden a matrimonios, es decir, 32.960 cónyuges, y 176 son personas viudas.
¿Cuáles son los requisitos para optar al Bono Bodas de Oro?
Entre los principales requisitos para tener derecho al Bono Bodas de Oro se cuentan:
- Acreditar 50 años de matrimonio (no pueden estar separados, ni divorciados)
- Estar inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH)
- Pertenecer hasta el 80% más vulnerable de la población
- Tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el bono.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
Es importante señalar que, desde que se cumplen los 50 años de matrimonio, hay un año de plazo máximo para solicitar este beneficio.
Sin embargo, según explica ChileAtiende, debido a la contingencia ocasionada por el Coronavirus, quienes cumplieron los 50 años de casados entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de agosto de 2023, pueden presentar sus solicitudes hasta el 2 de septiembre de 2024.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Todas las parejas que cumplan con los requisitos que exige la ley para acceder al Bono Bodas de Oro, pueden solicitarlo a través de la Sucursal Virtual, en la sección "Videoatención" en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl.
Allí, un ejecutivo o una ejecutiva les atenderá mediante videollamada. Este servicio está disponible de lunes a viernes, entre 8:00 y 17:00 horas. Para ser atendidos, ambos cónyuges deben tener a mano su cédula de identidad.
También se puede solicitar presencialmente en cualquier sucursal de la red ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, a lo largo de todo el país.
Cabe señalar que, al momento de realizar la solicitud, independientemente de la vía por la que se efectúe, se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos.
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