
A partir de hoy: Enfermos terminales podrán retirar su pensión anticipada
Desde este jueves 1 de abril, se encuentra vigente el artículo transitorio de ley que permite a los pacientes declarados como enfermos terminales retirar su pensión anticipada de los fondos previsionales de AFP.
La ley 21.309 fue aprobada y promulgada en enero de este año por el Diario Oficial y espera entrar en vigor el 1 de julio. Con esto, se iniciará un proceso en etapa de transición para acceder y agilizar sin que la enfermedad o condición sea certificada por los Consejos Médicos que genera la ley.
¿Quiénes pueden acceder a la pensión anticipada?
Las personas que sean afiliados activos o pensionados que estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud en los siguientes casos:
- Glioblastoma cerebral en progresión con radio y quimioterapia;
- Meduloblastoma cerebral en progresión;
- Meningitis carcinomatosa de cualquier cáncer;
- Cáncer de pulmón con metástasis a distancia múltiple;
- Cáncer de esófago en progresión;
- Cáncer gástrico metastásico a distancia en al menos dos sitios (ejemplo hígado y/o pulmón);
- Cáncer gástrico con metástasis peritoneales;
- Cáncer gástrico con metástasis hepáticas múltiples;
- Cáncer hepatobiliar con metástasis peritoneales;
- Cáncer hepatobiliar con metástasis hepáticas múltiples;
- Cáncer de intestino delgado con metástasis peritoneales;
- Cáncer de páncreas y vesícula biliar metastásico;
- Cáncer colo-rectal metastásico en progresión;
- Hepatocarcinoma avanzado sin opción de trasplante;
- Cáncer testicular metastásico en progresión a quimioterapia de segunda línea;
- Sarcoma partes blandas metastásico a distancia;
- Osteosarcoma metastásico en progresión;
- Melanoma metastásico en progresión;
- Cualquier cáncer metastásico en ECOG 4 y sin posibilidad de tratamiento sistémico;
- Cualquier cáncer con metástasis cerebral múltiple (más de 3);
- Cualquier cáncer metastásico a distancia que no puede hacerse tratamiento antineoplásico, y
- Cáncer de origen desconocido metastásico.
¿Cómo puedo solicitar esta pensión?
Para que usted solicite su pensión anticipada, debe presentar ante su AFP un certificado emitido por el médico jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos o su similar del establecimiento de salud donde este realizando su tratamiento.
El beneficio será otorgado dentro de los cinco días hábiles siguientes de presentar la solicitud. Algunas aseguradoras han habilitado su web para realizar el trámite o abrieron una agenda de horas.
Respecto a los pagos, el dinero tendrá que ser cargado al saldo de su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias tras reservar el capital necesario.
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