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Ingreso Laboral de Emergencia

IFE Laboral suma nuevo requisito de postulación

Por: Constanza Khamis
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El pasado martes 10 de agosto el presidente Sebastián Piñera anunció la creación de un nuevo subsidio mensual: el  Ingreso Laboral de Emergencia (IFE Laboral), correspondiente a una ayuda económica directa que busca fomentar la recuperación del trabajo formal.

Este nuevo Ingreso Laboral de Emergencia reemplaza al subsidio al nuevo empleo, y a los requisitos mencionados anteriormente, se suma uno nuevo de acuerdo a Meganoticias: haber estado cesante al menos un mes antes de iniciar el nuevo contrato. 

¿Cuáles son todos los requisitos?

- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).

- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).

- Haber estado cesante al menos 1 mes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que se postula al beneficio.

¿Cómo postular al IFE Laboral?

Para poder postular al beneficio, se debe ingresar a www.subsidioalempleo.cl. Al respecto, la ministra Rubilar aclaró que durante el mes de agosto tienen que ingresar a la opción 'subsidio al nuevo empleo', ya que este es el subsidio que existía. Recién a partir de septiembre se comenzará a llamar Ingreso Laboral.

laboral
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Al momento de postular, se solicitan la cuenta para realizar el pago. Al respecto, la ministra explicó que es "porque el IFE laboral, al igual que el IFE universal, se deposita en la cuenta de las personas, esto no pasa por el empleador. Es transferencia directa al trabajador o la trabajadora, por lo tanto, la cuenta es súper importante".

¿Cuáles son los montos contemplados?

Respecto a los montos que contempla este beneficio, la ministra explicó que están “relacionado a su sueldo, y va a depender si usted es uno de los grupos que estamos tratando de potenciar más o no".

En cuanto a los grupos que se buscan incentivar con este beneficio, el primero corresponde a los jóvenes entre 18 y 24 años, las mujeres, las personas con discapacidad y los pensionados por invalidez.

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De este modo, la ministra explicó que para este grupo "le vamos a convertir  lo que era el subsidio del nuevo empleo que existía de antes de $70 mil mensuales a  el 60% de la remuneración bruta mensual", agregando que esto está contemplado con un tope de $250 mil.

En tanto, los hombres mayores de 25 años y menores de 55 años, podrán recibir el 50% de la remuneración brutal mensual con un tope de $200 mil mensual.

¿Quiénes no pueden acceder al IFE Laboral?

- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

- Las personas que estén recibiendo alguno de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.

- Las personas que tengan los efectos de sus contratos de trabajo suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.

- Las personas que trabajen en el sector público.

- Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.

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