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Conoce en qué consiste proyecto de ley para desalojo de arrendatarios morosos

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En Bienvenidos conversamos con el diputado Fuenzalida sobre el proyecto de ley que facilita desalojar arrendatarios morosos.

Como la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados ya despachó el proyecto de ley que pretende acelerar el desalojo de arrendatarios morosos, en Bienvenidos abordamos este tema y ahondamos en los detalles.

Para hacerlo, en el estudio nos contactamos con el impulsor de este proyecto, el diputado de Renovación Nacional (RN), Gonzalo Fuenzalida, quien nos contó más detalles de este proyecto que busca agilizar los procedimientos contra los arrendatarios que no paguen a tiempo los arriendos, cancelen los servicios básicos o dañen la propiedad que alquilan.

proyecto de ley
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El sistema de justicia se demora entre un año y un año medio, a través de un juicio, en desalojar a una persona que no ha pagado una renta, no ha pagado los gastos comunes o la ocupado ilegalmente o no ha pagado los gastos de la luz o los servicios básicos", fue parte de la explicación inicial del diputado.

Frente a esto, manifestó que ese tipo de situaciones “inciden en la calidad de vida y en mucha gente que realmente lo pasa muy mal”.

Proyecto de ley para desalojar morosos

El diputado Fuenzalida se encargó de entregar detalles de en qué consiste el proyecto de ley para desalojar morosos de manera más expedita.

Al respecto, indicó que “fue un proyecto de establecer bajo la causal cuando no hay pago de la renta, cuando no hay pago de los gastos comunes o no hay pago de los gastos básicos, uno vaya a un procedimiento que se llama un procedimiento monitorio”.

proyecto de ley
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Junto con esto agregó que “la persona es notificada y tiene diez días para pagar, el tribunal le dice 'usted en 10 días tiene que venir a pagar' y si no paga se tiene inmediatamente por lanzado, es decir, tiene que restituir y auxilio a la fuerza pública si es necesario”.

Para cerrar aclaró que “lo otro importante es que este procedimiento no va a ser apelable en la corte, porque muchas veces los arrendatarios y los abogados conocen como dilatar las cosas”.

 

 

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