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Mira cómo postular y donde debes hacerlo

Subsidio Único Familiar: ¿A quién le toca recibir este beneficio?

  • Por: Matías Llanca Muñoz
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El Subsidio Único Familiar es un beneficio otorgado por el estado a todas las personas que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según las cifras dadas por el Registro Social de Hogares (RSH).

El trámite para obtener el Subsidio Único Familiar lo puedes hacer durante todo el año y la postulación se debe realizar en la municipalidad de tu residencia, ya que, a diferencia de otros bonos y beneficios del Estado, no tiene formulario en línea.

Será en tu municipalidad donde se verificarán los datos del postulante y si se requieren las condiciones para acceder al Subsidio Único Familiar, cuyo monto es de $13.832 por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($27.664).

¿A quién está dirigido el Subsidio Único Familiar? 

Según el IPS, este beneficio lo reciben las personas o grupos familiares que no puede proveer la mantención y crianza de sus cargas. Por lo tanto, la entrega de dinero queda así: 

- La madre.

- En su defecto, el padre.

- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.

- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Los causantes del Subsidio Familiar son: 

- Los menores hasta los 18 años de edad.

- Discapacidad intelectual a que se refiere la ley N° 18.600.

- Inválidos de cualquier edad.

- La mujer embarazada.

- La madre de los menores.

Los menores de 18 años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años.

Para los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes. De este último requisito están eximidos deficientes mentales e inválidos.

En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

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