Plebiscito 2023: quiénes pueden trabajar el próximo 17 de diciembre
- Por: David Muñoz
Durante esta jornada, la Dirección del Trabajo aclaró acerca de quiénes pueden trabajar durante el próximo 17 de diciembre, día del Plebiscito para definir si aceptar o no la propuesta de nueva Constitución, considerando que en dicha jornada se estableció como "feriado irrenunciable".
En ese sentido, el organismo informó que los supermercados, grandes tiendas y locales que funcionan fuera de malls, strip centers y centros comerciales, sí podrán funcionar.
En esa misma línea, los locales que son atendidos por sus propios dueños y familiares directos también cuentan con permiso para estar operativos.
Horarios de cierre
La Dirección del Trabajo señaló además que los locales deberán estar cerrados a las 21:00 horas del sábado 16 de diciembre de 2023 y podrán comenzar a atender desde las 06:00 del lunes 18 del mismo mes.
En el comunicado, expresa que “el descanso para sus trabajadores y trabajadoras regirá dentro de esos horarios, salvo para quienes estén sujetos a turnos rotativos de trabajo. En ese caso, pueden prestar servicios entre las 21:00 horas y las 24:00 del sábado 16 y entre las 0:00 horas y las 06:00 horas del lunes 18 de diciembre".
Las multas a las que se exponen
La DT aclaró además que los comercios que no cumplan con su deber de no funcionamiento se exponen a multas de hasta 60 UTM ($3.852.960) y que se aplicarán en malls, strips centers u otros complejos comerciales, además de empleadores de locales que abran ese día.
Además, la entidad aclaró que se suspenderá el funcionamiento y cesará el turno de los trabajadores.
Trabajadores por tipo de contrato
También, la DT aclaró que pueden trabajar aquellos "trabajadores que cuentan con “tareas portuarias, a bordo de naves, en reparaciones de deterioros por fuerza mayor, labores continuas por la naturaleza de sus funciones, obras o labores que no puedan ejecutarse sino en períodos determinados, trabajos impostergables para la buena marcha de la empresa, dependientes en plataformas digitales de servicios, deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas”.
Cabe mencionar que ellos contarán con al menos dos horas para poder concurrir a votar, sin perjuicio en sus remuneraciones.