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Conoce los beneficiarios

Este viernes inician los pagos del Bono Invierno: ¿Quiénes son los primeros en recibir el dinero?

  • Por: Matías Rivera
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Este viernes 5 de agosto comenzarán los primeros pagos del Bono Invierno, beneficio creado para compensar los efectos de la inflación en el país. 

El bono será pagado en una sola ocasión y constará de un pago de $120 mil pesos por cada causante o beneficiario. Asimismo, se explicó que no es necesario postular, ya que el Gobierno determinará quienes califican. 

¿Quiénes recibirán los primeros pagos?

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeanette Jara, informó que los primeros pagos del Bono Invierno serán este viernes 5 de agosto. 

Desde este día, recibirán el pago las personas que sean causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar; beneficiarios del Bono de Invierno 2022; personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez o Pensión Básica Solidaria de Invalidez y beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental. 

Por otra parte, desde el lunes 16 de agosto se pagará al segundo grupo integrado por familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades y los hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable del RSH. 

¿Qué personas reciben el Bono Invierno?

Las personas beneficiarias del beneficio serán las siguientes: 

- Causantes de Subsidio Familiar y Causantes de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021.

- Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.

- Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad al 30 de junio de 2022.

- Personas pensionadas con una Pensión Básica Solidaria de Invalidez o un Aporte Previsional Solidario de Invalidez al 30 de junio de 2022.

Este pago también lo recibirán las familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades al 1 de agosto de 2022,  que reciban o no prestaciones monetarias; y los hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares.

En ambos casos, debes cumplir con alguno de estos requisitos: 

- Personas con discapacidad debidamente acreditada.

- Personas con dependencia moderada o severa, según el Registro Social de Hogares (RSH).

- Integrantes del Programa de Integración Escolar (PIE).

- Estudiantes de programas de educación especial reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).

- Personas mayores de 60 años y personas menores de 18 años.

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