Bono Vacaciones 2024: cuántas veces se paga al año y cuánto dinero es
- Por: David Muñoz
Te informamos además cuáles son los requisitos que debes cumplir para poder recibir este aporte.
Uno de los aportes que viene como anillo al dedo en estos días es el Bono Vacaciones, el cual se entrega de forma anual, con el fin de ayudar de forma económica a los trabajadores del sector público.
Con respecto a aquello, una de las dudas que surge es cuántas veces se otorga este beneficio, lo que pasamos a responder a continuación.
¿Cuántas veces se paga el Bono Vacaciones 2024?
El Bono Vacaciones 2024 se paga una vez al año en una sola cuota. Lo que varía es que se otorgan dos montos distintos, que van a variar dependiendo del sueldo líquido de los trabajadores.
En ese sentido, los montos que se otorgan son los siguientes:
-$104.800: este monto va para quienes tienen una remuneración líquida (percibida en noviembre de 2023) que sea igual o inferior a $984.282.
-$52.400: esta cifra corresponde a aquellos que cuenten con una renta bruta de carácter permanente que sea igual o inferior a $3.259.429.
¿El Bono Vacaciones 2024 es imponible?
En ese sentido, el Bono Vacaciones no es imponible, por lo tanto no constituye renta para ningún efecto y no está afecto a descuentos.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Vacaciones 2024?
Para recibirlo, debo cumplir con lo siguiente:
-Ser trabajador o trabajadora del sector público.
-Tener una remuneración líquida a noviembre de 2023, igual o inferior a $984.282
-Tener una remuneración líquida a noviembre de 2023, inferior a $3.259.429.
-Trabajar en instituciones como:
Universidades estatales.
Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
Corporaciones de Asistencia Judicial.
Tribunales tributarios y aduaneros.
Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
Astilleros y maestranzas de la Armada.
Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
Establecimientos de Educación Técnico Profesional.