Bono Post Laboral: Revisa si podrías recibir 94 mil pesos de por vida
- Por: Matías Gálvez S.
Los adultos mayores deben cumplir varios requisitos para obtener el aporte.
Los adultos mayores de nuestro país tienen una serie de beneficios para después de su jubilación. Uno de ellos es el Bono Post Laboral, un aporte mensual vitalicio para las personas de 60 años o más que hayan trabajado en el sector público.
De acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, el monto del beneficio es de 94.421 mil pesos para el 2024. Se debe cumplir una serie de requisitos para obtenerlo.
Los funcionarias o funcionarios públicos deben estar afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones, más conocida por su sigla AFP, y que tener historial laboral en las siguiente instituciones estatales:
- Gobierno central.
- Gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica.
- Fonadis, actualmente Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
- Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec).
- Corporación Nacional Forestal (Conaf).
Los requisitos para postular al Bono Post Laboral
Los funcionarios deben cumplir con algunos requisitos que van desde la edad hasta cuándo dejaron de trabajar en las instituciones del Estado. Las condiciones son:
- Estar afiliado o afiliada al sistema de capitalización individual obligatoria de una AFP.
- Tener 60 años en el caso de las mujeres y tener 65 en el caso de los hombres.
- Más de 20 años de servicios en las instituciones estatales mencionadas con anterioridad.
- Ser funcionario de planta, contrata o por el Código Civil del Trabajo, de una de las instituciones al solicitar el aporte.
- Haber sido funcionario de las entidades antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.
"Se debe solicitar el beneficio dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión. La solicitud debe hacerse ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones", señalan desde la Superintendencia de Pensiones.
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