Bono de Reconocimiento: ¿Qué requisitos tengo que cumplir?
- Por: Matías Rivera
El Bono de Reconocimiento es un beneficio económico entregado por el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP.
Este beneficio será depositado en la cuenta de las personas, beneficiarios, luego de que reciban pensiones por vejez, invalidez o cuando fallezca. Es importante recalcar que a este aporte tienen derecho todos los imponentes de cualquier ex cajas de previsión.
Los montos de este aporte son calculados según los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional y un reajuste anual considerando el IPC.
¿Cuáles son los requisitos del Bono de Reconocimiento?
Según informa la Superintendencia de Pensiones, los requisitos a cumplir son:
- Tengan al menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
- Si no cumplen el requisito anterior, debe registrar a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
En específico, el beneficio es entregado a todas las personas que su última imposición pertenezca a:
- Desahucio:
- Empart
- Sepregas
- Capregild
- Serehoch
- Caja del Salitre
- Caja Bancaria
- Sepcuu
- Capremer
- Indemnización:
- Servicio de seguro social
- Triomar
¿Cómo solicitar el Bono de Reconocimiento?
Este beneficio debe ser solicitado directamente en la AFP a la que la persona esté afiliada y llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento y el Detalle de Empleadores, cuando corresponda.
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