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Qué personas tienen su licencia de conducir extendida hasta 2025

  • Por: Matías Rivera
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Conoce qué conductores pueden circular con su licencia de conducir vencida gracias a una prórroga.

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La licencia de conducir es uno de los documentos más importantes para los conductores, ya que en caso de no contar con esta o no estar en vigencia puede causar muchos problemas.

Por lo mismo, tanto la persona como el vehículo deben contar con licencias, padrones y certificados que acrediten la legalidad del auto, lo que implicará que el auto se encuentre en condiciones óptimas para circular por las calles.

Si esto no se cumple, el castigo monetario tiene distintos valores dependiendo de la situación de la persona, el cual incluso puede estar exento de la multa.

¿Quiénes tienen su licencia de conducir hasta 2025?

En junio de 2023 se aprobó una ley en la que se prórroga la renovación de licencias de conducir vencidas durante los años en que la pandemia de Covid-19 se mantuvo en Chile. 

A raíz de esta aprobación, las licencias vencidas en 2020 fueron extendidas, mientras que los que tienen vigencia hasta 2025 son las que tienen fecha de vencimiento para 2024. En concreto, las fechas quedarían así: 

- Si venció en 2020 o 2021 debió ser renovada en 2023.

- Si venció en 2022 debe ser renovada en 2024.

- Si venció en 2023 debe ser renovada en 2024.

- Si vence en 2024 debe ser renovada en 2025.

Es importante mencionar que la demanda para fechas de renovación es muy alta durante todo el año, por lo que se recomienda pedir hora con anticipación en la Dirección de Tránsito Municipal de la comuna correspondiente. 

Multa por tener la licencia de conducir vencida

Las personas que sean sorprendidas con una licencia vencida pueden ser castigadas con una multa que va desde los 0,5 hasta 1 UTM, ($32.333 a $65.182, con los valores de abril de 2024).

Según la Ley de Tránsito, en este caso existen seis excepciones para evitar la multa económica y estas son:

 - Contar con un permiso provisional que los Tribunales podrán otorgar solo a los conductores que tengan su licencia retenida por proceso pendiente.

 - Tener una boleta de citación al Juzgado, dada por los funcionarios a que se refiere el artículo 4º, en reemplazo de la licencia o del permiso referido.

 - Si la persona tiene una licencia o permiso internacional vigente para conducir vehículos motorizados, otorgado al amparo de tratados o acuerdos internacionales en que Chile sea parte.

 - Alumnos en práctica de las escuelas de conductores que, acompañados de un instructor habilitado, lo hagan en vehículos de la escuela.

 - Postulantes a licencia de conducir que se encuentren realizando el examen práctico y que están acompañados de un funcionario municipal habilitado para tales efectos.

 - Conductores de 18 o más años de edad que conduzcan vehículos motorizados de tres ruedas, cuya velocidad máxima no supere los 30 kilómetros por hora.

 

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