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Plebiscito 2023: ¿Por qué no puedo fotografiar mi voto?

  • Por: Matías Rivera
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Este domingo 17 de noviembre se realizará una nuevo plebiscito en Chile para definir el futuro de la nueva propuesta de Constitución. 

Desde mayo de este año el Consejo Constitucional redactó un texto para la nueva carta magna del país, el que tendría que ser aceptado por la ciudadanía para entrar en vigencia en Chile

Sin embargo, otro punto importante de este día es que por legislación se considera el 17 de diciembre como un feriado irrenunciable para el comercio, por lo que no tendrá un funcionamiento normal. 

¿Por qué no puedo fotografiar mi voto del plebiscito'

Esto esta prohibido por la Ley sobre votaciones populares y escrutinios donde se establece que no se puede dejar registro de su voto mediante cualquier procedimiento, lo que incluye a las fotografías. 

En concreto, el Artículo 150 de la Ley 18.700 explica por qué no se puede realizar esta acción, mencionando que esta acción es considerada cohecho, delito que se encuentra en el Código Penal de Chile.

Dicho esto, la ley asegura que quien "vendiere su voto o sufragare por dinero u otra dádiva (…) Se presumirá que ha incurrido en esta conducta el elector que, en el acto de sufragar, sea sorprendido empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de la preferencia que pueda señalar o haya señalado en la cédula".

Aquellos que sean encontrados en esta acción podrán sufrir "la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales ($630.740 a $3.153.700 pesos) y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos".

¿Funcionará el comercio este domingo por plebiscito?

Según la norma legal, esta jornada electoral es considerada como un feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores del comercio, específicamente para quienes trabajen en malls, strip centers u otros centros comerciales que estén administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

Los trabajadores que laboran en otro tipo de comercio, como supermercados o tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única, quedan exceptuados de la norma.

Quienes también pueden trabajar son los dependientes de servicentros o farmacias de urgencia.

En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable y el descanso alternado, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($317.260 a septiembre de 2023) hasta 20 UTM ($1.269.040 a septiembre de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.

¿En qué caso me puedo excusar del Plebiscito Constitucional?

Sin embargo, existen algunas excusas válidas para no ser multado si no puedes votar en las elecciones tales como: 

- Estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral correspondiente.

- Enfermedad.

- Ausencia del país.

- Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

¿Qué hacer si estoy a más de 200 kilómetros de distancia de mi domicio electoral?

En esta situación hay que realizar lo siguiente, de acuerdo al Gobierno:

- Acudir a presencialmente Carabineros y dejar constancia de que estás a más de 200 kilómetros de tu domicilio electoral, durante la misma jornada de votación. 

- Guardar el comprobante de la constancia para luego presentarla ante el Juez en la citación del Juzgado de Policía Local.​

¿Qué rol cumplen los miembros del Colegio Escrutador?

De acuerdo a la información entregada por el Servicio Electoral de Chile, una persona que que haya sido sorteada como miembro del Colegio escrutador es "el encargado de reunir las Actas de los escrutinios realizados en las Mesas Receptoras de Sufragios el día de la votación, y sumar los votos que en ellas se consignen".

Asimismo,de acuerdo a la ley, estos "no podrán deliberar ni resolver sobre cuestión alguna relativa a la validez de la votación".

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