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Revisa si fuiste seleccionado

Lista definitiva de vocales de mesa: no podrán presentar excusas

  • Por: Constanza Fernández
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El próximo 17 de diciembre se realizará el Plebiscito Constitucional para votar por la propuesta de Nueva Constitución y este sábado el Servel publicó el listado definitivo de vocales de mesa.

Es importante mencionar que las personas seleccionadas en la lista definitiva, es decir, los reemplazantes, no tienen la oportunidad de excusarse y en caso de no asistir, deben presentar su justificación en el Juzgado de Policía Local, lugar donde tendrán que acreditar con documentos tu falta.

Todas las personas habilitades para sufragar podrán revisar si son vocales de mesa a través de consulta.servel.cl.

Vocales de mesa: ¿Qué pasa si no voy?

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral que es sancionada con una multa a beneficio municipal.

Igualmente, el vocal de mesa que no haya asistido a cumplir su función será citado al Juzgado de Policía Local correspondiente.

En caso de ser seleccionado, no participar y no justificarte, las multas serán de entre 2 a 8 UTM (desde $127.920 a $511.680). Estas se deberán pagar en un Juzgado de Policía Local de la comuna respectiva.

¿Cuál es la multa por no participar en el Plebiscito?

Cabe recordar que para este plebiscito constitucional el voto es obligatorio para todos los mayores de 18 años.

Es por esto que, en el caso de no participar, los electores se exponen a multas que van desde las 0,5 a las 3 UTM, que actualmente se traducen en un rango de precios de los $31.980 a $191.880.

Vocales de mesa: Quienes no fueron designados

Además de las personas que presentaron excusas tras el primer llamado, el Servel no seleccionó a otro grupo de ciudadanos para estar labor debido a las funciones que cumplen. Estos son:

-   Las personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.

-   Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive. Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer.

-   Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.

-   Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales,

-    Embajadores y Cónsules de Chile.

-    El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.

-   Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.

-  Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).

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