Grabado de patentes: ¿Quiénes deben cumplir con el primer plazo que vence esta semana?
- Por: Bárbara Valladares V.
El primer plazo para realizar el grabado de patentes en los vehículos motorizados vence este fin de semana.
A finales de esta semana comenzará a regir el grabado de patentes obligatorio en los espejos y vidrios de todos los vehículos motorizados de nuestro país. Hubo un período de cuatro meses para realizarlo, y quienes no tengan la matrícula grabada se expondrán a multas.
El grabado de patentes es una medida destinada a prevenir el robo de automóviles y la venta de sus accesorios en el mercado informal. Esta identificación debe realizarse en los vidrios laterales, el parabrisas, la luneta trasera y los espejos laterales de cada vehículo.
Asimismo, el grabado de la matrícula en los vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados es obligatorio tanto para los autos nuevos como para los ya comercializados. Esto significa que la ley ha establecido dos plazos límite para realizar el trámite, según corresponda.
¿Cuál es la fecha de vencimiento del plazo para el grabado de patentes?
Es importante señalar que el cumplimiento de esta medida será fiscalizado por Carabineros de Chile, inspectores fiscales e inspectores municipales a partir de las siguientes fechas:
- Para los autos nuevos, estos deben tener la patente grabada desde el cuarto mes publicado el decreto en el Diario Oficial, es decir, a partir del sábado 14 de septiembre de 2024 las automotoras deberán entregar los vehículos nuevos grabados.
- Para los autos comercializados antes del 11 de septiembre de 2023, estos deben tener la patente grabada una vez transcurridos los doce meses desde la publicación de la normativa en el Diario Oficial, es decir, tienen plazo hasta el miércoles 14 de mayo de 2025.
Las personas que no cumplan con lo establecido a partir del 14 de mayo de 2025 se arriesgan a una multa que podría superar los 90 mil pesos.
¿Cómo debe ser el grabado de patentes?
El portal ChileAtiende indica lo siguiente con respecto al grabado:
Las letras y dígitos en los vidrios deben tener:
- Entre 7 y 10 mm de altura, ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos.
- Estilo normal, no cursiva ni negrita.
- Las letras deben ser mayúsculas.
- El grabado debe ser permanente.
Espejos laterales:
- Altura mínima entre 5 y 10 mm y letra mayúscula, estilo normal, sin cursiva ni negrita.
- Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura (punto de vista externo) sea de izquierda a derecha.
- El grabado debe ser permanente.
En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor:
- Vértice inferior derecho (punto de vista externo) y en aquellos del lado del acompañante, en el vértice inferior izquierdo (punto de vista externo). En ambos casos, el grabado no debe obstaculizar la lectura de otra información obligatoria en esa zona.
En el parabrisas:
- Vértice inferior derecho (punto de vista externo), sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN) o cualquier otro elemento obligatorio.
En la luneta trasera:
- Vértice inferior izquierdo (perspectiva externa).
En los espejos laterales:
- Si es cuadrado o rectangular, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará paralelo al suelo. En ambos casos se puede optar por la parte superior o inferior, y no debe interferir con su función.
Vehículos motorizados con más de seis vidrios:
- Deberán grabar como mínimo seis vidrios, debiendo ser uno de ellos el parabrisas y los restantes, los de mayor superficie. En el caso de los vehículos motorizados que tengan seis o menos vidrios, se grabarán todos ellos.
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