El ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero; el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, y el director nacional del Instituto de Previsión Social (IPS), Patricio Coronado, dieron inicio al proceso de pago del aguinaldo de Fiestas Patrias para los pensionados y pensionadas del país, que parte este 1 de septiembre.
Este año, 2 millones 297 mil 469 de pensionados recibirán $20.624, monto que sube en $10.581 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2021. El beneficio significará un esfuerzo fiscal de más de 49 mil millones de pesos.
Melero, destacó la gran cobertura que tiene este beneficio, al que tienen acceso todos los pensionados del IPS - tales como beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS); de ex cajas de previsión del antiguo sistema previsional; también de DIPRECA y CAPREDENA, y los pensionados del sistema de AFP que reciban Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con garantía estatal. Asimismo, reciben este aguinaldo los pensionados por la ley de accidentes del trabajo, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y de las Mutuales, al 31 de agosto del año 2021.
Los y las pensionadas que podrán obtener el aguinaldo de Fiestas Patrias al 31 de agosto de este año deberán cumplir con los siguientes requisitos:
-Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
-Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
-Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
-Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
-Pensionados o pensionadasde las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
-Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
-Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
-Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
-Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
Si bien no es una obligación de fuente legal que los empleadores otorguen un aguinaldo a sus trabajadores, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en los siguientes casos:
-Esté contemplado en su contrato de trabajo.
-Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
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